Real Decreto 687/2005 – Ley Beckham
El Real Decreto 687/2005, también conocido como Ley Beckham, modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, para regular el régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Dicho Real Decreto regula en su artículo 111 su ámbito de aplicación, dice así: “Las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España como consecuencia de su
desplazamiento a territorio español podrán optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cuando se cumplan las siguientes condiciones: …”
La Ley Beckham es, a fin de cuentas, un régimen especial de trabajadores desplazados. Las personas que venían de fuera debían tributar como no residentes, en un principio al tipo general del 43%. Esto cambio con la citada ley que bajo dicho tipo general del 43% al 24%, como podemos comprobar, una gran reducción.
Principalmente esta idea se concibió con la esperanza de poder atraer a cerebros de todo el globo, pero, a su vez, fue la tecla clave para que los clubes de fútbol españoles pudieran fichar a jugadores de mayor calidad. Debido a esto recibió el nombre de ley Beckham, ya que uno de los primeros fichajes que aprovechó dicha ley fue el ex madridista David Beckham.
2010
En 2010 dicha ley sufrió un cambio. Dado que lo único que conseguía dicha ley era que futbolistas y deportistas vinieran a España la Ley sufrió una modificación. A partir de entonces solo podrían acogerse a esta Ley las
personas que obtuvieran unos ingresos por rendimientos de trabajo inferiores a los 600.000 euros al año. De forma que con tal reforma la cosa quedaba de la siguiente manera: Los extranjeros que ganasen más de 600.000 euros anuales tributarían el 43% de su sueldo. Los contratos que se hubieran firmado antes del 1 de enero de 2010 si que seguirían cotizando el 24%.
Por aquel entonces, y por hacer una comparación con otros países europeos, se pagaba: En Francia un 40%, en Inglaterra un 40%, en Alemania un 45%, en Italia un 43% y en Grecia un 20%.
2015
El 1 de enero de 2015 se produjeron reformas de la Ley Beckham. A partir de esa fecha las rentas de las personas con un sueldo superior a los 600.000 euros, tributarían hasta dicha cantidad al 24% y, de ahí en adelante tributaría al 45%. Además, los dividendos, intereses y ganancias del capital tributarían al tipo del 19 al 23 por ciento.
Actualmente
Actualmente, para poder optar a que se le aplique a una persona la Ley Beckham, de deben cumplir una serie de requisitos. Estos requisitos son los siguientes:
- No haber sido residente en España, al menos, durante los 10 periodos impositivos anteriores al desplazamiento, lo cual deberá ser probado mediante el correspondiente certificado de residencia en un país extranjero.
- El desplazamiento debe estar motivado por un contrato de trabajo en España o la incorporación como Administrador en una sociedad radicada en España de la cual el “impatriado” (extranjero) no tenga más del 25% del capital social. Este requisito debe interpretarse en sentido estricto puesto que se exige una relación causal entre el desplazamiento a España y el inicio de la relación laboral.
- Que la persona que se acoge a este régimen no obtenga rentas en España a través de un establecimiento permanente. Lo cual circunscribe su actividad profesional o empresarial a la obtención de rentas del trabajo por cuenta ajena.
Solicitud del régimen
Por último explicar que, el régimen especial, se aplica durante los primeros seis años de residencia fiscal en España. Para solicitar la aplicación del régimen será necesario comunicarlo a la Administración Tributaria en el plazo de 6 meses desde el alta en la Seguridad Social. Esto debe hacerse a través del modelo 149 que se presenta por vía web, junto con la siguiente documentación informativa: identificación del empleador; documento justificativo expedido por el empleador donde se exprese el reconocimiento de la relación laboral o estatutaria; fecha de inicio de la actividad que conste en el alta de la Seguridad Social en España; indicación del centro de trabajo y su dirección; duración del contrato de trabajo; así como la fecha de entrada en territorio español e indicación de último país de residencia fiscal.
[…] El mercado de fichajes español mueve cada año cantidades estratosféricas de dinero, por lo que abogados y asesores analizan al detalle las operaciones tratando de reducir la carga fiscal que soportan sus clientes sin importar que sean clubes o jugadores. Pese a que el volumen de traspasos a la Liga española sigue siento alto, han aparecido duros competidores en materia fiscal como es el caso del Calcio italiano con sus renovados beneficios para las grandes rentas, semejantes a los que otorgaba en sus orígenes la conocida como Ley Beckham. […]